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Abuso sexual infantil y de–subjetivación

El niño ubicado como objeto:

En el caso del abuso sexual infantil, nos encontramos frente a la imposición de un acto que ubica al niño en una posición de objeto, frente a un otro adulto ubicado en una de superioridad, lo que constituye un primer momento de de–subjetivación.Es muy poco común que las situaciones abusivas sean develadas voluntariamente por el sujeto niño involucrado, sino que más bien son detectadas por profesionales del área de la salud o educación, quienes por obligación deben efectuar la denuncia o derivación pertinente. El proceso de derivación, indagación o denuncia marca la entrada a un segundo momento de de–subjetivación, el cual corresponde con la famosa “revictimización“, la que según lo planteado por las instituciones chilenas de protección a la infancia, puede ser abordada y “reparada” (como si se tratará de volver a cocer, armar o juntar las piezas de un objeto roto) por los mismos programas que paradójicamente contribuyen a ella. Pero, olvidando que ésta se liga principalmente a la necesidad de los aparatos de administración de justicia y de los dispositivos “clínicos” dispuestos a la atención de “niños victimizados” de probar el hecho sucedido, a expensas del trabajo clínico y de la escucha singular del caso a caso. Es así como dichas Instituciones, ubicadas en un lugar de dominio, autoridad, poder y saber, exigen dar una respuesta, seguir la norma, evaluar, basarse en las evidencias, en la “veracidad del relato“, en la mayor presencia o ausencia de determinados indicadores que posibiliten confirmar lo sucedido a través de herramientas técnicas y científicas, pero olvidando que el hecho tiene que ver más bien con el ser del sujeto. En este proceso se va barrando paulatinamente la subjetividad puesta en juego, la subjetividad de un niño que debe ser mirado desde todos los ángulos, para dar cuenta y probar su nueva condición de “víctima“, significante entregado por las diversas instituciones, que lo fijan una vez más en una posición de objeto, y esto sin hablar de la obligación de dar cuenta una y otra vez a distintos profesionales de la situación vivida, como si se tratara de hablar sin cesar para poder elaborar, olvidando por completo que muchas veces es necesario callar.

De la singularidad puesta en juego y la respuesta institucional

Especialmente en el tipo de Instituciones antes descrita, se produce una encrucijada que afecta directamente al clínico, que se ve enfrentado, con lo que se debe hacer de una determinada manera, el ideal social o institucional y con las respuestas de los sujetos, que escapan a la regulación institucional, debido que se pone en juego la modalidad de goce particular. Entonces ¿Cómo trabajar, desde el psicoanálisis en una Institución, que además se rige por lo solicitado por la ley? Esta pregunta remite a la posición de un analista en una institución y a la posibilidad de que éste pueda efectuar la separación de los discursos en juego (el de la institución asociado al saber y al para todos igual, y el de la escucha de la singularidad), el no considerarlo puede llevar al clínico a dar respuestas desde el Ideal, no tomando en cuenta al sujeto. Para poder ejemplificar esto tomaré una viñeta clínica.

K, 12 años, consulta traída por su madre, quien pide ayuda en el Tribunal de Familia debido a su mal comportamiento. La institución solicita una evaluación en la que se dé cuenta del por qué de las conductas. En un primer encuentro, la madre se refiere a ella como un objeto “la traigo, esta da problemas, le gusta hacerse estas cosas“, la niña muestra sus brazos repletos de cortes, los cuales asocia a la rabia, que liga al abuso sufrido a los 6 años por parte de tío materno, a la incredulidad de su madre y al maltrato físico que este ejercería contra ella. Por norma institucional, debo efectuar la denuncia por abuso sexual y maltrato, lo que trae como consecuencia el aumento de los conflictos familiares, por lo que K solicita ser ingresada en un Hogar, petición avalada por la madre, que no sabe qué hacer con ella. El tribunal acoge la solicitud, pero tampoco sabe qué hacer, K es derivada de una institución a otra, pero no sin primero probar el Abuso a través de un medio estandarizado, lo que no aporta ninguna tranquilidad a K, quien sigue actuando ante la sordera materna e institucional, pero asistiendo de manera periódica a sesiones, en las que se intentaba poner en juego su singularidad. Todo este movimiento de denuncias y evaluaciones afecta directamente a K, quien es llevada como objeto de un lado a otro, objeto que no es escuchado, que es derivado, que es evaluado, por lo que su respuesta posible es actuar llamando de una manera desesperada al Otro.

Ahora bien ¿cómo intervenir dentro de la Institución, pero respetando la singularidad? Con K las intervenciones se orientaron a alojarla subjetivamente, a partir del reconocerla como un sujeto, del efectuar vacilaciones calculadas en la neutralidad del analista y del escuchar lo que ella tenía que decir dejando de lado el discurso materno y el de Tribunal. Para ello se le otorgan un mayor número de sesiones –en contra de la política institucional– y además se decide atenderla cuando ella considerara que fuera necesario, lo que causa que K asista sin citación, ante situaciones que la hacen sentir desbordada. Estas intervenciones se efectúan con el objetivo de correrse del lugar que el Tribunal y la madre solicitan (el dar cuenta del porqué de su rebeldía), es decir, separarse de la demanda Institucional y de la demanda materna para dar lugar al surgimiento de la demanda de K, movimiento que permite que la niña pueda empezar a relatar sucesos que no había contado antes, y alojar su queja. Lamentablemente la intervención debe finalizar, ya que la Institución ordena el ingreso de K a un programa especializado de “reparación” y por ende el egreso y el cese de la intervención efectuada, la decisión entonces implica tanto al clínico como al sujeto, quedando ambos desalojados a nivel institucional.

A modo de conclusión

Es interesante como las instituciones orientadas a proteger, contener, reparar a niños, niñas o adolescentes, víctimas de vulneraciones de derecho, ubicadas en una posición “maternal”, terminan barrando o expulsando la subjetividad que se pone en juego, ya que no respetan la decisión de callar o los tiempos personales para dar cuenta de una situación determinada, los cuales son subjetivos y no estandarizados a lo que los procedimientos estiman conveniente. Situación similar ocurre con los profesionales que reciben la develación, el peso de la ley institucional recae sobre él no importando si en el proceso se afecta la transferencia en juego con el sujeto niño, más aún esta relación es desechada en pro de efectuar un trabajo protocolizado, para todos igual, que deja fuera la singularidad. Lo que deja en una encrucijada al clínico, quien debe dar respuesta tanto a la demanda institucional, pero también alojar lo particular.

 

María José Figueroa León

Psicóloga clínica, Miembro de la Asociación Lacaniana de Psicoanálisis (ALP Chile)

*Artículo publicado en Revista Consecuencias (mayo 2015)

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